Lo que el RGC te obliga a llevar en la moto desde el 1 de octubre
Llevamos años escuchando que venían cambios para los motoristas. Pues ya están aquí: el 23 de junio el Consejo de Ministros aprobó la reforma del Reglamento General de Circulación y el BOE la ha publicado. Entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
Antes de listar qué cambia, un dato que lo explica todo: en 2025, los motoristas representaron el 22% de los fallecidos en carretera pese a ser solo un 12% del parque de vehículos. Con eso en mente, las nuevas reglas tienen más lógica de la que parece.
Calzado cerrado. En todas las vías.
Sin matices, sin desarrollo reglamentario pendiente. Las chanclas o sandalias quedan prohibidas al manillar. Da igual si vas a comprar el pan o a hacer una ruta por la sierra. El calzado cerrado es obligatorio desde el primer día.
Las lesiones más comunes en los motoristas caídos son las fracturas de mano y tobillo. El calzado cerrado existe exactamente para eso.
Multa por no llevarlo: 200 euros.
Guantes en carretera. Obligatorios, pero con letra pequeña.
A partir del 1 de octubre, conductor y pasajero deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas. La norma no distingue entre los dos: ambos están obligados.
La letra pequeña: la homologación técnica concreta de los guantes quedará pendiente de una orden ministerial. Mientras tanto, puedes seguir usando los guantes de protección habituales, siempre que cumplan una función protectora real. Pero la multa por no llevarlos en vías interurbanas sí se aplica desde octubre.
¿Merece la pena? La DGT lo tiene cuantificado: los guantes reducen a la mitad las lesiones en manos. Doscientos euros de multa o una mano rota. Tú decides.
Arcén en atascos: por fin legal, con condiciones.
A partir del 1 de octubre de 2026, las motos podrán circular por el arcén derecho en atascos, pero con condiciones: solo en tramos señalizados, a máximo 30 km/h, en fila de uno y sin poner en peligro a peatones, ciclistas ni servicios de emergencia. Hasta ahora era una infracción de 200 euros.
La novedad importante: Cataluña no la aplicará. El Servei Català de Trànsit ha decidido no autorizar esta práctica en sus carreteras, alegando que el arcén debe quedar libre para emergencias y que los 30 km/h serían difíciles de controlar en la práctica.
¿El problema de fondo? La norma deja en manos de cada administración decidir qué tramos se señalizan, así que su aplicación real puede variar mucho según la zona. Mejor prudencia hasta que se aclare dónde está realmente permitido.
Casco homologado para ciclomotor: tienes hasta 2027.
Esta es la que más margen da. Los cascos de los ciclomotoristas pasan a exigir homologación conforme al Reglamento UNECE R22, un estándar más exigente que la simple certificación. Los cascos certificados pueden seguirse usando hasta el 1 de octubre de 2027.
Un año para revisarlo. Si tu casco es viejo, es buen momento para empezar a mirar opciones.
El resumen que te interesa
— Calzado cerrado → obligatorio desde el 1/10/2026 en cualquier vía
— Guantes → obligatorios desde el 1/10/2026 en vías interurbanas
— Arcén en atascos → permitido desde el 1/10/2026 solo en tramos señalizados a max. 30 km/h
— Casco homologado (ciclomotor) → obligatorio desde el 1/10/2027
Multa por cada infracción: 200 euros (100 con pronto pago en 20 días).
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